miércoles, 30 de octubre de 2013

BENEFICIOS Y CONTRAS DE LA CONSTITUCION DEL 2008

El proyecto de Constitución tiene puntos negativos y positivos en lo que administración de justicia se refiere, indica.
Se hace su valoración sobre los artículos 274 de la Constitución vigente y el 428 del proyecto de la Carta Magna, y llega a la conclusión de que habrá acumulación de causas que afectará al usuario de la administración de justicia. Alcívar indica que en la actual Constitución el artículo 274, establece que "Cualquier juez o tribunal puede declarar inaplicable una norma que esté contra la constitución y contra los tratados internacionales, y sin perjuicio de fallar sobre lo principal, debe enviar al Tribunal Constitucional en consulta, para que de una manera obligatoria resuelva sobre la inconstitucionalidad de dicha norma". Mientras que, en la propuesta de Constitución, en el artículo 428 se establece que: “Cuando una jueza o juez, de oficio o a petición de parte, considere que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que establezcan derechos más favorables que los reconocidos en la Constitución, suspenderá la tramitación de la causa y remitirá en consulta el expediente a la Corte Constitucional, que en un plazo no mayor a 45 días, resolverá sobre la constitucionalidad de la norma. Si transcurrido el plazo previsto la Corte no se pronuncia, el perjudicado podrá interponer la acción correspondiente". Eso significa, dice Alcívar, que cualquier abogado o sujeto procesal, que en el futuro quiera congelar un proceso, para dilatarlo o demorarlo, aplica la norma, y se suspende el trámite. Ventajas Entre las ventajas que Alcívar observa al proyecto menciona, que los ciudadanos ya no tendrían que esperar recoger 1.000 firmas para plantear la inconstitucionalidad de una norma. "Porque si uno como ciudadano, siente que se ha violado el debido proceso, puede pedir la inconstitucionalidad de esa norma, decreto u ordenanza", precisó. Otra ventaja, dice, es el hecho de que la Corte Constitucional interprete de manera obligatoria la Constitución, antes lo hacía el Congreso pero se manejaba de manera coyuntural, de acuerdo a las mayorías moviles, y rompía la seguridad jurídica. Se manejaba políticamente", dijo. Enjuiciamiento político Alcívar ve como positivo que para el enjuiciamento político del Presidente por violación de normas constitucionales, tendrá que haber un dictamen de la Corte Constitucional (CC). Protección contra sentencias Ve como desventaja que el artículo 437, que permite a ciudadanos presentar una acción de protección extraordinaria contra sentencias. La CC podrá tirar abajo una sentencia.

2 comentarios:

  1. Es indispensable el aporte de este tema, aclarando que la Constitución actual que nos rige es de derechos y no de derecho

    ResponderEliminar
  2. KING CASINO, LLC GIVES A $100 FREE BET
    KING CASINO, LLC GIVES A $100 FREE BET to 출장안마 try. poormansguidetocasinogambling.com Visit us https://septcasino.com/review/merit-casino/ today and receive a $100 FREE febcasino.com BET! Sign up at herzamanindir.com/ our new site!

    ResponderEliminar